15 de octubre de 2026.
La Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta y la Ley de Ingresos de la Federación para 2027. Ambas minutas fueron turnadas al Senado de la República, que deberá resolverlas a más tardar el 31 de octubre. Si el Senado las aprueba sin modificaciones, pasarían al Ejecutivo para su promulgación; si las modifica, regresarían a la Cámara de Diputados. Sólo tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación entrarían en vigor, el 1 de enero de 2027.
El dictamen de la Ley del Impuesto sobre la Renta se aprobó sin que prosperara ninguna de las más de doscientas reservas presentadas, de modo que el contenido que analizamos en nuestra nota de septiembre se confirma en su totalidad hasta este punto. En la Ley de Ingresos, en cambio, una reserva aprobada en el pleno introdujo el cambio de mayor alcance de todo el proceso, siendo este la eliminación del tope de ingresos para acceder al programa de regularización fiscal para 2027.
A continuación, compartimos el resumen de las propuestas más relevantes en esta reforma. En nuestro blog es posible encontrar un análisis más detallado de cada punto, análisis que realizamos cuando se publicó la propuesta del Paquete Económico 2027.
Empresas y grupos corporativos
La minuta contempla nuevos mecanismos de control de deducciones del Capítulo X del Título II, el límite del 50% a la amortización de pérdidas, la reducción del tope de interés neto del 30% al 20%, el ajuste del coeficiente de utilidad para los pagos provisionales de 2027, el condicionamiento de la deducción de los pagos al extranjero al entero de la retención, la deducción de servicios y anticipos hasta el ejercicio en que se devengan, y la eliminación del Régimen Opcional para Grupos de Sociedades.
El efecto conjunto equivaldría a un impuesto mínimo cercano al 1% de los ingresos para las empresas que superen el umbral, anticipado al flujo mensual desde enero de 2027.
RESICO, sector primario y plataformas digitales
Se contemplan nuevos topes del Régimen Simplificado de Confianza, la opción de enterar el impuesto al valor agregado a una tasa de 7% sin acreditamiento y el aumento del monto exento del sector primario a 1 millón de pesos.
Para plataformas digitales, se extendería la retención a las personas morales. Sin Registro Federal de Contribuyentes, la retención sería de 20% del impuesto sobre la renta y de 100% del impuesto al valor agregado.
Ley de Ingresos: el cambio del proceso legislativo
Mediante reserva se eliminó el tope de 300 millones de pesos para acceder al programa de regularización fiscal. Dicho programa contempla la reducción del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución respecto de créditos fiscales firmes. Esto significa que el beneficio quedaría a disposición de contribuyentes de cualquier dimensión.
Otras propuestas
Se mantendría la repatriación de capitales a una tasa de 7.5%.
La retención anual sobre intereses bajaría de 0.90% a 0.68%.
Para más información y asesoría personalizada sobre como estas reformas pueden afectar la operación de tu empresa, contáctanos a los datos que compartimos a continuación.
Pablo del Valle
Vega, Guerrero & Asociados
pablo.delvalle@vegaguerrero.com
La información contenida en esta nota no constituye, ni pretende constituir, asesoría legal sobre los temas aquí tratados. Se proporciona únicamente con fines informativos generales. Para recibir asesoría sobre un caso concreto, le invitamos a contactarnos.



