¿Cuáles son las implicaciones de contratar empleados jubilados?

En ocasiones, las empresas necesitan contratar personal con amplia experiencia. Sin embargo, estas personas suelen estar jubiladas y recibiendo una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez.

Esta situación genera dudas a las empresas sobre si es viable contratar a estos empleados, y si eso implicaría la cancelación o suspensión de la pensión que están recibiendo.

En México, la legislación laboral contempla tanto la pensión por cesantía en edad avanzada (que se otorga a los asegurados que quedaron sin trabajo y no pudieron encontrar otro a partir de los 60 años) como la pensión por vejez (que se brinda a las personas que, debido a su avanzada edad, tienen dificultades para seguir trabajando a partir de los 65 años). Aunque se puede inferir que al tener una pensión, el asegurado ya no puede trabajar, en realidad, el hecho de recibir una pensión no implica una prohibición para seguir trabajando. Además, ni la Ley Federal del Trabajo ni la Ley del Seguro Social establecen restricciones específicas sobre la contratación de trabajadores jubilados.

A pesar de lo anterior, los empleadores deben considerar los siguientes puntos al contratar empleados jubilados:

  • Si el empleado se jubiló bajo la Ley de 1973, no hay restricciones para su contratación ni su aseguramiento, por lo tanto, su pensión no debe suspenderse en ningún caso. Esto se debe a que, al darse de alta en la empresa, se aplicará la Ley del 97, que es un esquema diferente al que se aplica en su jubilación.
  • Si el empleado se jubiló bajo la Ley del 97, la única situación en la que se suspenderá el pago de la pensión es si se trata de una pensión mínima garantizada. Esto se refiere a aquellos asegurados cuyos recursos acumulados para su pensión resultaron insuficientes para contratar una renta vitalicia o un retiro programado, pero que cumplieron con los requisitos correspondientes.

La empresa deberá dar de alta al empleado jubilado en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), indicando su condición de pensionado. Esto es obligatorio y también representa un ahorro para la empresa, ya que no tendrá que contribuir con las cuotas relacionadas con los rubros de pensión establecidos por el Instituto.

Si necesitas asesoramiento sobre la contratación de empleados jubilados, no dudes en ponerte en contacto con el equipo del Área Laboral de Vega, Guerrero y Asociados.

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