SEMARNAT publica nuevos formatos y requisitos para trámites ambientales: entran en vigor en agosto de 2025

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) publicó el pasado 25 de julio en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa aplicadas, se expiden y modifican los formatos de los trámites a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Estas medidas tienen por objeto facilitar el cumplimiento regulatorio, reducir los tiempos de respuesta, impulsar la digitalización de los procedimientos y promover un entorno más favorable para la inversión y el desarrollo sustentable.

Principales cambios:

1. Digitalización de documentos

En más de 25 trámites, SEMARNAT permitirá la presentación de documentos en formato digital, eliminando la necesidad de entregas físicas. 

2. Reducción de requisitos y fusión de trámites

Se eliminaron requisitos en diversos trámites ambientales, forestales e industriales. Algunos ejemplos:

  • El trámite de Informe Preventivo (SEMARNAT-04-001) pasa de 10 a 6 requisitos.
  • La autorización para Modificación de la obra, actividad o plazos y términos establecidos a proyectos autorizados en materia de impacto ambiental (SEMARNAT-04-008) reduce sus requisitos de 7 a 5.
  • El trámite para la Licencia Ambiental Única se fusiona con el trámite para la Licencia de Funcionamiento, reduciendo además el plazo de atención a 45 días hábiles y requisitos de 11 a 4.

3. Notificaciones electrónicas

Se habilita la posibilidad de recibir notificaciones por correo electrónico, siempre que las personas promoventes lo manifiesten expresamente.

¿A quiénes aplica?

Las medidas son relevantes para personas físicas y morales que:

  • Realizan actividades forestales (cambio de uso de suelo, aprovechamiento, remisiones)
  • Ejecutan proyectos con impactos ambientales sujetos a evaluación (manifiestos, informes, modificaciones)
  • Operan fuentes fijas de emisiones a la atmósfera.

Recomendaciones

  • Si tu empresa tiene previsto presentar próximamente un trámite ante la Secretaría de Medio Ambiente, verificar si dicho procedimiento se encuentra dentro de los listados modificados.
  • Considerar que, a partir del 15 de agosto de 2025, entrarán en vigor nuevos formatos y requisitos, por lo que los trámites que se presenten desde esa fecha deberán cumplir con el nuevo Acuerdo.
  • Identificar si alguno de los trámites que gestionará puede realizarse bajo la nueva modalidad electrónica, a fin de agilizar su presentación y facilitar su seguimiento.
  • Considerar que los trámites en curso se resolverán conforme a la normatividad vigente al momento de su presentación.

En caso de duda sobre el cumplimiento de obligaciones en materia ambiental o para recibir asesoría sobre los formatos aplicables, en Vega Guerrero & Asociados contamos con un equipo especializado que puede apoyarte a realizar una revisión preventiva y acompañarte en la adecuación de tus procedimientos conforme a la nueva regulación.

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