¿Es posible pagar menos del salario mínimo diario si el trabajador labora una jornada menor?

En México, el salario mínimo sirve como base para determinar la remuneración que los trabajadores deben recibir por sus servicios. Este monto se considera el salario mínimo y representa la cantidad mínima que un trabajador puede recibir por el trabajo realizado en una jornada diaria.

De acuerdo con el artículo 58 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), la jornada laboral es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del empleador para prestar el servicio acordado.

Mientras que los artículos 60 y 61 establecen las horas máximas para las jornadas diurna, nocturna y mixta (8, 7 y 7.5 horas respectivamente).

Por otro lado, el artículo 83 de la LFT permite a los patrones y empleados pactar el pago de salario por unidad de tiempo, ya sea por hora o por jornada, siempre que el monto del salario sea remunerador. Esto significa que el trabajador y el empleador pueden acordar el monto, pero este no puede ser inferior al salario mínimo.

Aunque se podría considerar que un patrón puede contratar a un trabajador por un período reducido y pagar solo por las horas trabajadas (jornada reducida), es importante tener en cuenta que el salario acordado no puede ser inferior al salario mínimo vigente. En 2024, este es de 374.89 MXN para la zona fronteriza norte y de 248.93 MXN para el resto del país.

Por lo tanto, aunque se tenga personal con jornadas reducidas, el salario acordado debe cumplir con los mínimos establecidos por la ley.

En caso de dudas sobre la implementación y regulación de las jornadas reducidas, el equipo de Laboral de Vega, Guerrero & Asociados está disponible para brindar asesoramiento.

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