¿Quién paga los primeros 3 días de incapacidad por enfermedad general?

Cuando a uno de los empleados se le otorga una incapacidad, siempre surgen dudas tales como ¿a partir de cuándo deja de presentarse a laborar? ¿es obligación del patrón seguir pagando el salario? 

Ante esto, es importante entender las obligaciones fundamentales en toda relación laboral, entre las cuales se encuentra el registro adecuado ante el IMSS de todos nuestros colaboradores con el salario real que perciben. Este registro, junto con el pago correspondiente de cuotas obrero-patronales, cubre el servicio médico tanto del trabajador como de sus beneficiarios, así como los subsidios en dinero y en especie a los que tengan derecho.

De acuerdo a la fracción II del artículo 42 de la Ley Federal del Trabajo, la incapacidad ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituye un riesgo de trabajo suspende temporalmente la obligación de prestar el servicio por parte del empleado, así como la obligación de cubrir el salario por parte del patrón, sin responsabilidad para ninguno de estos. 

Por otro lado, la Ley del Seguro Social establece que, en caso de incapacidad por enfermedad no profesional, el trabajador tiene derecho a un subsidio que se otorgará a partir del cuarto día de la incapacidad y mientras ésta dure. Este subsidio será igual al sesenta por ciento del último salario diario de cotización.

En consecuencia, en casos de incapacidad por enfermedad general, ni el empleador ni el IMSS tienen obligación de cubrir el salario del trabajador durante los primeros 3 días de incapacidad. 

A pesar de esto, ante esta falta de regulación, en la práctica existen diversas formas en las que los empleadores han dado atención al pago de salario durante estos primeros 3 días de incapacidad por enfermedad general. Aquí describimos cada una de ellas:

  1. No realizar ningún tipo de pago: Ante la falta de obligación legal, la empresa deja de realizar el pago de salario a partir de que sea decretada la incapacidad.
  2. Pago al 100%: Para que el trabajador no pierda el sustento económico durante estas fechas, la empresa entrega el 100% durante los primeros 3 días de incapacidad y una vez que inicia la entrega del subsidio por parte del seguro social, la empresa aporta un 40% adicional a este subsidio para que el trabajador reciba el monto de su salario de manera íntegra a pesar de que la relación laboral se encuentra suspendida.
  3. Pago del 60% del salario: En algunos otros casos, los empleadores, sin tampoco tener la obligación, hacen entrega al trabajador durante los primeros 3 días de incapacidad del 60% del monto de su salario, cantidad que resulta igual a la que recibirá el trabajador una vez que el subsidio del IMSS empiece a ser entregado a partir del cuarto día.

En conclusión, siempre que se reciba una incapacidad por enfermedad general o riesgo que no sea de trabajo, será decisión de la empresa si entrega o no el pago del salario durante los primeros 3 días de la incapacidad. Sin embargo, para cualquiera que sea el camino a elegir por parte de la Empresa, es fundamental que se cuente con una Política Laboral debidamente establecida y clara en la que se fundamente el proceso a seguir y los beneficios a otorgar. Para ello, el equipo de Vega, Guerrero & Asociados está a disposición para brindar el apoyo necesario.

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