STPS revocará Repse de empresas que no renueven registro a tiempo

Por América Morales

El pasado 21 de febrero, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo que da a conocer las modificacione a  las disposiciones de carácter general para el Registro de Personas Físicas o Morales que presten Servicios Especializados o Ejecuten Obras Especializadas (Repse), de acuerdo al artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.

El Repse es un padrón público operado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en el que deben registrarse las empresas que ofrecen servicios especializados; es decir, servicios que se prestan con trabajadores propios en el centro de trabajo del cliente como limpieza o vigilancia, pero el personal no está a disposición del contratante, sólo realizan las actividades que fueron externalizadas.

El registro tiene una vigencia de tres años a partir de la fecha en la que las personas físicas o morales hayan quedado inscritas en el Padrón, eso significa que este año deben renovar su registro las empresas que se inscribieron en 2021, cuando entró en vigor la reforma de subcontratación.

La STPS envió a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria  el proyecto para modificar las disposiciones para la inscripción al Repse, el cual incluye el calendario de renovación del registro.

Teniendo en cuenta, que únicamente podrán llevar a cabo su proceso de renovación en las fechas establecidas con antelación y una vez agotado dicho plazo, la plataforma, de manera automática, deshabilitará el módulo de renovación.

Siendo el objetivo principal de este, que las personas físicas y morales inscritas en el padrón tengan en consideración la renovación, ya que si no se renueva su registro dentro del plazo establecido y en cumplimiento al presente acuerdo, se les cancelará el registro y deberá realizar nuevamente esta inscripción.

Las personas físicas o morales que, de conformidad a lo establecido en los artículos 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo, deberán acceder a la plataforma http://repse.stps.gob.mx en la que solicitarán el registro y tendrán que cumplir con los siguientes requisitos y requerimientos:

  • Actividad o actividades que desea registrar en el padrón;
  • A la fecha en la que se realice la solicitud de registro o renovación deberán encontrarse al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social frente al SAT, IMSS e INFONAVIT;
  • Deberán aportar la información y documentación respecto a: capacitación, certificaciones, permisos o licencias que regulan la actividad, equipamiento, tecnología, activos, capital social, maquinaria, nivel de riesgo, rango salarial promedio, experiencia, entre otros.

Se entiende entonces que, la modificación a las disposiciones generales del Repse, plantea que una vez obtenida la renovación, la empresa de servicios especializados deberá informar a sus beneficiarios de los servicios u obras especializadas la renovación de dicho registro.

Por lo que es de suma importancia de tener en consideración tanto la inscripción como la renovación del Repse, ya que la prestación o contratación de servicios especializados sin la inscripción o renovación al Repse, puede generar sanciones que van de  dos mil a cinco mil UMAS,  tanto para la empresa que lo ofrece como para quien la contrata.

Es crucial que las empresas que prestan servicios especializados y las que lo contratan, se preparen y se mantengan actualizados en su registro ante el Repse, evitando así sanciones legales y principalmente se apeguen a las obligaciones legales que indica la STPS.

En Vega, Guerrero & Asociados, entendemos la importancia de adaptarse a estos cambios y ofrecemos asesoría especializada para garantizar que tu empresa cumpla con las modificaciones en materia laboral.

Si tu empresa necesita asesoría sobre cómo adaptarse a estas modificaciones legislativas y garantizar el cumplimiento normativo, contáctanos, nuestro equipo de expertos está listo para proporcionar la orientación y el apoyo necesarios durante este período de transición.

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