El régimen de confianza bajaría la tasa de ISR

El miércoles 8 de septiembre de 2021, fue entregado ante la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el Paquete Económico 2022, el cual contempla la iniciativa de reforma a la Ley de Ingresos de la Federación, Presupuesto de Egresos de la Federación y los Criterios Generales de Política Económica.

En la ceremonia de entrega del paquete, el Secretario de Hacienda y Crédito Publico, refirió que para 2022, los ingresos totales se estiman en 6.72 billones de pesos, lo que representa un aumento de 7.5% en términos reales comparado con 2021.

En este sentido, una de las modificaciones fiscales más interesantes que contiene el paquete económico, es la creación del Régimen Simplificado de Confianza.

Personas físicas

Este régimen está dirigido a personas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de los ingresos generados por las actividades señaladas obtenidos en el ejercicio, no excedan la cantidad de $3,500,000.00 pesos.

De esta manera, los contribuyentes que opten por inscribirse en este régimen calcularían sus impuestos mediante la presentación de una declaración anual, en la cual considerarán el total de los ingresos efectivamente percibidos por las actividades sujetas al régimen, mismos que deberán estar amparados por los comprobantes fiscales digitales por Internet (facturas), sin incluir el impuesto al valor agregado, y sin aplicar deducción alguna.

En estos términos, la tasa del impuesto sobre la renta que se aplicaría a las personas que opten por este nuevo régimen seria progresiva, es decir, comenzaría con un minino del 1% y un máximo de 2.5% dependiendo de la cantidad de ingresos recibidos. 

Así, las personas que opten por este régimen deberán solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, contar con firma electrónica avanzada y buzón tributario activo, contar con comprobantes fiscales digitales por Internet por la totalidad de sus ingresos efectivamente cobrados, obtener y conservar comprobantes fiscales digitales por Internet que amparen sus gastos e inversiones y expedir y entregar a sus clientes comprobantes fiscales digitales por Internet por las operaciones que realicen con los mismos.

Personas morales

Ahora bien, por lo que hace a las personas morales, el paquete económico también prevé considerarlas en el régimen de confianza, por tanto, las empresas cuyos ingresos no sean superiores a $35,000,000 pesos anuales podrán inscribirse en éste.

Este régimen permitiría a las empresas que la acumulación de los ingresos y deducción de las erogaciones ocurra hasta que estos efectivamente se perciban y se paguen, es decir, mediante el flujo de efectivo.

De este modo, la Ley de Ingresos menciona que las empresas que opten por este nuevo régimen dejarán de realizar las declaraciones provisionales mediante el uso del coeficiente de utilidad obtenido de su declaración anual del ejercicio fiscal anterior.

Así, ahora, los pagos provisionales se determinarán disminuyendo de sus ingresos las deducciones autorizadas, la participación de los trabajadores en las utilidades y, en su caso, las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de aplicar, a este resultado se le aplicaría la tasa del 30%.

Además, como fue señalado por la Jefa del Servicio de Administración Tributaria, este régimen implementará el uso de tecnología para realizar la precarga de la información contenida en las facturas, así como en sus declaraciones provisionales y anuales, a efecto de realizar los cálculos necesarios para la determinación de sus impuestos, además de permitir el pago en medios electrónicos.

Derivado de lo anterior, el equipo en materia Fiscal de Vega, Guerrero & Asociados está listo para asesorar a las compañías que requieran información respecto a este tema u otros actos de molestia por parte de las autoridades fiscales.

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