Hablemos del Impuesto Predial y el Avalúo Catastral

El Impuesto a la Propiedad Raíz o mejor conocido como el “impuesto predial”, es una contribución municipal que deben pagar los propietarios o poseedores de bienes inmuebles en los once Municipios de Aguascalientes.

Ahora bien, el avalúo catastral constituye la determinación que unilateralmente realiza el Catastral del Estado de Aguascalientes (CATASTRO), a fin de establecer el valor catastral de un inmueble mediante la aplicación de las tablas de valores unitarios del suelo y construcciones, la cual sirve de sustento para establecer la base gravable del impuesto predial y, por ende, para fijar la obligación tributaria a cargo del particular.

Derivado de lo anterior, mediante diversas jurisprudencias el Pleno del Trigésimo Circuito del Poder Judicial de la Federación estableció que el avalúo que emite CATASTRO es un acto administrativo y, por ende, debe cumplir con los requisitos de validez que establece el artículo 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes.

Así, el avalúo catastral es el acto mediante el cual se determina el valor fiscal de los predios y construcciones adheridas a estos, además de que este valor es el sustento para establecer la base gravable del impuesto predial y, en consecuencia, para fijar la obligación tributaria a cargo del contribuyente.

Bajo estas consideraciones, es claro que el avalúo incide de manera inmediata en la esfera jurídica de los contribuyentes, pues si aquél se elabora en forma incorrecta o ilegal, tendrá como consecuencia la determinación, también incorrecta o ilegal, de un crédito por concepto de impuesto predial.

De esta manera, nuestra Firma a lo largo de los últimos años ha descubierto diversos vicios sistemáticos que contienen los avalúos, lo que genera que la determinación del impuesto predial resulte ilegal, por lo que consideramos viable tramitar un juicio de nulidad en contra de la determinante para obtener que mediante sentencia definitiva se ordena a la autoridad municipal devolver al contribuyente la cantidad que haya pagado por este impuesto.

Aunado a lo anterior, el equipo en materia fiscal de Vega, Guerrero & Asociados está listo para asesorar a las Compañías que requieran información respecto a este tema u otros actos de molestia por parte de las autoridades.

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