Por Javier Ambriz y Pablo del Valle
El 17 de diciembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que actualiza y prorroga los beneficios fiscales aplicables a los patrones del campo que contratan trabajadores eventuales, esquema vigente desde 2007 y que ha sido renovado de forma continua ante la relevancia estratégica del sector agropecuario.
Este estímulo representa una herramienta concreta para reducir costos laborales, incentivar la formalización del empleo temporal y otorgar mayor certidumbre financiera a las empresas cuya operación depende de ciclos agrícolas o estacionales.
Desde su origen, el decreto ha permitido a los empleadores del campo acreditar parte de las cuotas obrero-patronales ante el IMSS, cuando el salario base de cotización del trabajador es superior a un umbral determinado.
La modificación publicada en diciembre de 2025 no elimina el beneficio, sino que lo ajusta a la realidad económica actual, alineándolo con criterios fiscales vigentes.
El cambio más relevante consiste en que, a partir del 1 de enero de 2026, el estímulo deja de calcularse con base en el salario mínimo y se determina con referencia a la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
¿Cómo opera el beneficio a partir de 2026?
Los Empleadores podrán obtener un beneficio consistente en un crédito fiscal, el cual no constituye una exención ni condonación de contribuciones, sino un estímulo acreditable directamente contra las cuotas obrero-patronales del IMSS, equivalente a la diferencia entre las cuotas calculadas con el salario base de cotización y aquellas determinadas conforme a los siguientes límites:
- Resto del país: 3.60 veces el valor diario de la UMA.
- Zona Libre de la Frontera Norte: 4.50 veces el valor diario de la UMA.
Este crédito puede acreditarse contra las cuotas correspondientes a los seguros de Riesgos de Trabajo, Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida, así como Guarderías y Prestaciones Sociales, en este sentido el estímulo se aplica reduciendo el monto efectivo a enterar al IMSS por lo que no genera saldos a favor ni derechos de devolución.
El beneficio aplica exclusivamente cuando el salario base de cotización del trabajador excede dichos umbrales, y está dirigido a trabajadores eventuales del campo, incluyendo jornaleros agrícolas, personal de invernaderos, unidades ganaderas y actividades forestales, aplicándose de forma mensual en el momento de determinación de cuotas. Esta determinación se realiza mediante un mecanismo comparativo, en el que el patrón calcula, por un lado, las cuotas conforme al salario real del trabajador eventual del campo y, por otro, las cuotas resultantes al aplicar los parámetros establecidos en el decreto, siendo la diferencia entre ambos montos el crédito fiscal acreditable.
Vigencia y condiciones
El decreto extiende la vigencia del estímulo hasta el 31 de diciembre de 2026, sujeto a evaluaciones posteriores por parte del IMSS.
Para su aplicación, es indispensable que patrones y trabajadores se encuentren debidamente inscritos y al corriente en sus obligaciones de seguridad social. El incumplimiento puede dar lugar a la pérdida del beneficio y a la determinación de créditos fiscales.
Impacto práctico para las empresas
Desde una perspectiva empresarial, este esquema ofrece ventajas claras:
- Reducción efectiva del costo de las cuotas IMSS, especialmente en periodos de alta contratación estacional.
- Mayor viabilidad de la contratación formal, sin un incremento proporcional en la carga laboral.
- Certidumbre presupuestal, al utilizar la UMA como referencia, la cual se actualiza conforme a inflación.
- Menor exposición a riesgos laborales y fiscales, asociados a la informalidad o al subregistro de trabajadores.
- En un contexto de aumentos salariales y presión sobre los márgenes operativos, este estímulo puede representar un ahorro relevante y acumulable para empresas del sector agropecuario.
Se recomienda a las empresas:
- Verificar que sus operaciones califiquen como patrones del campo.
- Revisar el correcto registro de trabajadores eventuales ante el IMSS.
- Ajustar sistemas de nómina para la aplicación del beneficio a partir de enero de 2026.
- Dar seguimiento a las reglas operativas que emita el IMSS.
En Vega, Guerrero & Asociados, estamos a su disposición para evaluar el impacto específico del decreto en tu empresa, realizar simulaciones de ahorro y acompañar la correcta implementación del estímulo.


