Globo - Derecho Migratorio

VGA, presta sus servicios en el área de Derecho Migratorio a empresas nacionales e internacionales que requieren contratar a extranjeros para que radiquen y desarrollen sus labores en México.

Asimismo, ofrece sus servicios a personas físicas que requieren de asesoría para poder residir en el país, en forma temporal o definitiva o, incluso para adquirir la nacionalidad mexicana.

La práctica de nuestro equipo de derecho migratorio, va desde la obtención de la Constancia de Inscripción de Empleador ante el Instituto Nacional de Migración (INM), pasando por obtención de visado y de los documentos de Residencia Temporal y Permanente para los empleados extranjeros de nuestros clientes, así como de sus familiares; el traer a las familias de los empleados a fin de mantener la unidad familiar; el cambio de condición de estancia, según la necesidad del extranjero lo demande; así como en la preparación de la documentación requerida para la presentación, tramitación y obtención de diversos permisos requeridos para la legal estancia de extranjeros en el país, entre otros.

Por ello nos permitimos exponer de forma más clara y puntal los diversos trámites en los que nuestro equipo de abogados asiste tanto a extranjeros como a las empresas.

Constancia de Inscripción de Empleador

La Constancia de Inscripción de Empleador es un documento indispensable para aquellas personas físicas y morales que deseen contratar a personal de nacionalidad extranjera.

Es importante mencionar que existen dos acepciones respecto a la contratación de extranjeros, pues puede extenderse una oferta de empleo a un extranjero que reside en cualquier otro país o bien contratar a extranjeros que ya residen en México y cuentan con el estatus migratorio adecuado para poder ser sujetos a contratación laboral.

En el primer supuesto, es requisito indispensable para poder dar inicio al proceso de Visa por Oferta de Empleo. Sin dicho requisito el proceso sería desechado y como consecuencia la Visa no sería otorgada.

En el segundo supuesto, es posible que la empresa contrate a un extranjero que ya cuente con permiso para trabajar y que esté residiendo en México, y que dicha empresa no cuente con la Constancia de Inscripción de Empleador. No obstante, la empresa deberá obtener la Constancia ante lo más pronto posible, ya que para que el extranjero pueda llevar a cabo la renovación de su documento migratorio, deberá contar con una constancia de continuidad laboral emitida por una empresa que cuente con la Constancia de Inscripción de Empleador.

Es importante mencionar que el Instituto Nacional de Migración tiene la facultad de realizar visitas de verificación migratoria a los empleadores para corroborar que se encuentren establecidos legalmente. En las visitas de verificación el INM solicitará la información/documentación que considere pertinente para confirmar la existencia de la fuente de trabajo y la veracidad de la información antes presentada.

El hecho de que se haya obtenido la Constancia de Inscripción de Empleador no quiere decir que ese documento emitido por el INM sea permanente, esto es así porque existen cuestiones por las cuales se deberá llevar a cabo una actualización a la misma, las cuales son:

  • Por Declaración Anual de Impuestos ​ . Esta actualización deberá llevarse a cabo cada año, de preferencia antes de que concluya el mes de mayo. Con esta actualización, el INM estará en posibilidades de confirmar que la empresa sigue operando de forma adecuada, ya que deberá presentarse documentación fiscal que ayudará a comprobar que el empleador está dando cumplimiento a sus obligaciones fiscales.
  • Por cambio o adición de domicilio ​ . Ya sea que el empleador a mudado su operación a un domicilio distinto o que haya aperturado una sucursal en la cual el personal extranjero estará desempeñando sus funciones, deberá actualizarse la constancia de empleador.
  • Por cambio de Representante Legal ​ . Cuando la persona que ha sido reconocido como representante legal de la empresa ya no cuenta con el poder que se le había otorgado para dichos fines, o simplemente porque dentro de sus funciones ya no está contemplada la representación de la empresa ante el INM, deberá actualizarse la Constancia a fin de notificar dicho cambio al INM.

Obtención de Visa

Los servicios migratorios que VGA proporciona son servicios de derecho migratorio corporativo, por lo cual están totalmente enfocados en satisfacer las necesidades que los empleadores y extranjeros que requieran proporcionar sus servicios o trabajar en México

Entendiendo la necesidad que las empresas tienen de contar con su equipo de trabajo lo más pronto posible, y la necesidad que tiene el extranjero de contar con la presencia de su familia, en su caso, es que nos hemos enfocado en obtener el tipo de visado necesario de la forma más pronta y expedita para que ambas cosas sean posibles.

  • Visa por Oferta de Empleo ​ . Este tipo de visado es autorizado y procesado a través del Instituto Nacional de Migración, por lo cual es iniciado dentro del territorio nacional y es precisamente solicitado por aquél empleador que desea captar el talento extranjero que les permita llevar a

Deportivo. Comprendemos la necesidad que tanto clubes, como atletas, directivos y cuerpo técnico tienen de lograr la obtención del visado de la forma más inmediata posible, pues entendemos que los tiempos que el ​draft permite, así como las diversas federaciones y/o asociaciones para el registro de los deportistas son muy cortos en su mayoría, por ello contamos con herramientas que nos permiten generar la documentación e iniciar los procesos lo antes posible. Nuestro constante seguimiento y buena relación con las autoridades migratorias nos han permitido imprimir nuestra urgencia y necesidad de obtener resoluciones prontas.

  • Visa por Unidad Familiar ​ . Sabemos que la tranquilidad es uno de los elementos más importantes para el mejor desempeño personal y profesional en cualquier persona, por ello la unidad familiar para los extranjeros resulta ser una las cuestiones más importantes para que ellos decidan venir o no a trabajar a México. Bajo esa perspectiva trabajamos para lograr que los extranjeros que vengan a México sepan que contarán con la presencia de sus familiares ya sea que obtengamos su Visa por Unidad Familiar o que llevemos a cabo el Cambio de Condición de Estancia para que puedan estar en el país por un periodo mayor a los 180 días y no tengan que abandonar el territorio nacional.

Obtención de Permiso de Trabajo

Este proceso migratorio está destinado para aquellas personas que cuentan con Residencia Temporal, pero sin permiso para realizar actividades remuneradas y que deseen trabajar. Sucede generalmente que el extranjero haya obtenido su Residencia Temporal a través de la Unidad Familiar, la cual no concede el permiso para trabajar.

Para que el extranjero pueda obtener su Permiso de Trabajo deberá contar con una oferta emitida por algún empleador que cuente con la Constancia de Inscripción de Empleador o bien manifestar que estará trabajando de forma independiente, para lo cual deberá está inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes.

Renovaciones

En el caso de la renovación del documento migratorio puede resultar en ocasiones complejo, dado que si se llegara a manifestar información distinta a la que el INM tiene registrado en su sistema, y que en su momento debió haber existido una notificación de por medio pero que por cualquier razón no fue realizada, podría causar que existan prevenciones que retrasen la emisión del nuevo documento o en su caso que sea desechado y como consecuencia el extranjero entre en una situación de irregularidad.

Nuestras herramientas y bases de datos que constantemente estamos actualizando nos han permitido mantener una hegemonía de emisión pronta y sin inconvenientes de los documentos migratorios de los extranjeros.

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Cambios de condición de estancia

La Ley de Migración prevé supuestos por los cuales los extranjeros pueden ser sujetos de solicitar un cambio de condición de estancia, es decir que dejen de ser Visitantes para ser Residentes Temporales o Permanentes, o en su caso dejen de ser Residentes Temporales para comenzar a ser Residentes Permanentes.

  • De Residente Temporal a Residente Permanente ​ . Este supuesto se detona cuando el extranjero que está prestando sus servicios en México haya cumplido cuatro años de estar viviendo en México como Residente Temporal de forma ininterrumpida, y por lo cual estaría en posibilidades de obtener su Residencia Permanente a través del Sistema de Puntos que prevé la Ley de Migración.
  • A Residente Temporal o Residente Permanente por Unidad Familiar ​ . Es un proceso destinado a aquellos extranjeros que se encuentren en territorio mexicano en calidad de visitantes o de residentes temporales, y que por un vínculo familiar (con un mexicano o con un Residente Permanente) requieren cambiar su condición de estancia.

Notificaciones

La Ley de Migración contempla supuestos de identificación y ubicación de los extranjeros que el INM deberá tener presente y con una base de datos actualizada, por lo cual existen cinco cuestiones que, en caso de ser modificadas, deberán ser notificadas por el extranjero.

Estas notificaciones deben ser realizadas dentro del periodo de 90 días naturales/calendario siguientes a que haya sucedido el cambio, de lo contrario el extranjero sería acreedor a una multa por informar a destiempo dicha situación. Los cambios que en su caso se generen y deberán ser notificados son en:

  • Estado Civil ​ . Ya sea que, por matrimonio, divorcio o viudez, el estado civil del extranjero cambie.
  • Nacionalidad ​ . Cuando por cualquier medio el extranjero tenga un cambio de nacionalidad.
  • Nombre .
  • Domicilio ​ . Es común que por cuestiones de comodidad; de cambio de sede en el trabajo; o precisamente por un cambio de lugar de trabajo, el extranjero se muda de su habitual domicilio, tendría que llevar la respectiva notificación.
  • Lugar de Trabajo ​ . Ya sea que el extranjero deje de laborar para una empresa y comience a trabajar en otra, o que dentro de la misma empresa cambie su puesto de trabajo, deberá avisar dicha situación al INM dentro del plazo mencionado.

Permisos de Salida y Regreso

Ya sea que el extranjero necesite viajar por negocios o por placer y que no cuente con su documento migratorio que lo identifique porque se encuentra en proceso de Renovación o de Canje deberá solicitar un Permiso de Salida y Regreso si quiere salir del país y regresar sin que pierda su calidad migratoria. 

El proceso de solicitud de Permiso de Salida y de Regreso no es un proceso que pueda solicitar o llevar a cabo el extranjero que se encuentre en una situación de irregularidad o que haya iniciado un proceso de regularización.

El Permiso de Salida y Regreso se otorga hasta por 60 días naturales/calendario.

Reposición de Documento Migratorio

Así sea que el extranjero extravió su documento migratorio o que haya sido víctima de algún robo, deberá iniciar un proceso de Reposición de Documento Migratorio, para lo cual deberá hacer la respectiva denuncia ante las autoridades competentes

El extranjero será citado a atender una diligencia en la cual será cuestionado acerca del extravío del documento, de lo cual se levantará un acta que dejará evidencia de esta.

En caso de que el extranjero haya perdido o le hayan robado también su pasaporte, primero deberá solicitar la reposición del mismo a su Consulado o Embajada, con la finalidad de contar con el documento de identidad que le permita iniciar el proceso de Reposición, de lo contrario no será posible iniciarlo.

Regularización

En ocasiones pueden suscitarse cuestiones que lleven al extranjero a contar con un documento vencido y que por ende no puedan llevar a cabo la renovación respectiva del mismo y que pongan al extranjero en una situación de irregularidad.

Caer en una situación de irregularidad implica el que el extranjero pierda el antecedente de años que hasta el momento de la irregularidad había acumulado, por lo que en el caso de los Residentes Temporales tendrían que vivir nuevamente otros cuatro años en territorio nacional para poder solicitar su Residencia Permanente. Por ello entendemos lo importante que es tanto para el extranjero como para la empresa el que los servicios migratorios sean realizados con total diligencia y debido cuidado para evitar que esto ocurra

El compromiso de VGA es llevar a cabo en tiempo, forma y con total diligencia los procesos migratorios para evitar complicaciones ya sea para el extranjero, su familia o los empleadores

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