Mineros logran eludir el límite en PTU

Dentro de la reforma de subcontratación de 2021 a la Ley Federal del Trabajo, se estableció un límite para la distribución de utilidades equivalente a tres meses del salario del colaborador o al promedio de la participación recibida en los últimos tres años, lo que resulte más beneficioso para el personal.

A pesar de esto, varios sectores laborales mostraron desacuerdo con esta nueva normativa, ya que la Ley Federal del Trabajo también establece que es obligación de las empresas repartir el porcentaje de utilidades fijado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas. Este porcentaje se ha mantenido en un 10% desde 2020.

No obstante, a pesar de los nuevos límites, se dieron casos en los que las empresas repartieron un porcentaje menor al 10%, como ocurrió en la industria minera.

Hace algunos días, un Juez de Distrito en Materia de Trabajo otorgó al Sindicato Nacional Minero Metalúrgico “Frente” un amparo en contra de los actos derivados de la Reforma en materia de Utilidades, lo que permite la no aplicación de los límites mencionados y, en consecuencia, los trabajadores tienen derecho a recibir el 10% de las Utilidades de la Empresa.

Este amparo podría generar una serie de réplicas en diversos sectores empresariales, lo que podría llevar a las empresas a volver al esquema previo a la Reforma de 2021. Sin embargo, los Poderes Legislativo y Ejecutivo aún tienen la oportunidad de impugnar esta resolución con el objetivo de que sea la Suprema Corte de Justicia la que determine la constitucionalidad del límite en las utilidades.

Indudablemente, es un caso que merece un seguimiento preciso. Por ello, el equipo laboral de VGA estará informando sobre las resoluciones que se dicten al respecto, así como las implicaciones que puedan surgir para los empleadores.

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