El pasado lunes veintiséis de mayo del presente año, en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación, se publicó el “ACUERDO por el que se suprime y modifica la competencia por materia de las Juntas Especiales de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, que se indican”. A través de este acuerdo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el ejercicio de sus facultades, determinó que diversas Juntas Especiales fueran suprimidas, y en consecuencia, otras tantas amplíen su competencia territorial.
Para mayor claridad, estos fueron los cambios.
- Se suprimen las Juntas Especiales 3 Bis, 7 Bis, 8 Bis, 9 Bis, 12 Bis y 14 Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en la Ciudad de México.
- Los expedientes a cargo de las Juntas Especiales que se suprimen y mencionan en el numeral anterior, continuarán el trámite hasta su conclusión ante las Juntas Especiales de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje con residencia en Av. Azcapotzalco la Villa núm. 311, Col. Barrio de Santo Tomás, C.P. 02020, Alcaldía Azcapotzalco, Ciudad de México, como a continuación se indica:
- Junta Especial 3 Bis, en la Junta Especial Número 3.
- Junta Especial 7 Bis, en la Junta Especial Número 7.
- Junta Especial 8 Bis, en la Junta Especial Número 8.
- Junta Especial 9 Bis, en la Junta Especial Número 9.
- Junta Especial 12 Bis, en la Junta Especial Número 12.
- Junta Especial 14 Bis, en la Junta Especial Número 14
Por parte del equipo de Vega Guerrero & Asociados, estaremos informándoles sobre todos los detalles relacionados con este asunto, para que cuenten con la información necesaria para comprender el seguimiento y el futuro de los juicios que se están llevando a cabo en las extintas juntas de conciliación.