Se aprueba reforma histórica en materia de ‘outsourcing’ en México

Esta tarde, en Sesión Ordinaria a distancia del Senado de la República, se ha aprobado el dictamen que contiene la reforma en materia de subcontratación laboral u ‘outsourcing’, por lo cual, dichas modificaciones legales pasarán al Poder Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y posteriormente su entrada en vigor.

Dicha reforma contempla modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social, Ley del INFONAVIT, Código Fiscal de la Federación, Ley del IVA, Ley del ISR, así como a las leyes que regulan las relaciones laborales en el sector público, estableciendo en ellas la prohibición para llevar a cabo la subcontratación laboral, entendiéndose esta cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra. En cambio, se permite y regula la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, siempre y cuando el contratista cuente con un registro ante el padrón público que para dichos efectos establecerá la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Por otro lado, la reforma establece un tope a la participación de los trabajadores en las utilidades, mismo que consiste en tres meses de salario o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, aplicando el monto más favorable para el trabajador.

Con dicha aprobación parlamentaria, el Presidente de la República, deberá publicar el dictamen en el Diario Oficial de la Federación en los siguientes días, lo cual, posiblemente ocurra el próximo 1º de mayo del presente año, a efectos de conmemorar el Día del Trabajo.

Cabe mencionar que el dictamen aprobado establece un régimen transitorio, el cual prevé que a partir de la entrada en vigor de la reforma, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, contará con 30 días para emitir las disposiciones generales que regularán los procedimientos para obtener el registro de persona o empresa contratista de servicios especializados. Posteriormente, a partir de la fecha en que esto ocurra, las personas o empresas que presten servicios especializados, contarán con 90 días para la obtención de dicho registro, por lo cual, el presente régimen transitorio contempla que a más tardar en 120 días a partir de la entrada en vigor, se instituya este nuevo régimen de subcontratación en México.

Por lo anterior, el equipo de especialistas de Vega, Guerrero & Asociados, recomienda a las empresas, llevar a cabo una auditoria laboral en materia de subcontratación, a efectos de revisar cuáles son los servicios que actualmente se tienen subcontratados y cuáles son aquellos que se podrán mantener o tendrán que desaparecer luego de la entrada en vigor de la reforma. En caso de requerir asesoría tanto con dicha auditoría, así como con las acciones subsecuentes que deberán tomarse para encontrarse en debido cumplimiento, no dude en contactar a los abogados especialistas de nuestra firma.

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

También puede disfrutar