Por: Lizbeth Espinosa
El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), en vigor desde 2020, sustituyó al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), introduciendo cambios sustanciales en la regulación ambiental, fortaleciendo compromisos previamente establecidos a través del Acuerdo Medio Ambiental de América del Norte (ACAAN) y del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT).
A lo largo de las 32 disposiciones del Capítulo 24, el T-MEC regula temas que incluyen, entre otros, la responsabilidad social corporativa y conducta empresarial responsable; mecanismos voluntarios para mejorar el desempeño ambiental; comercio y biodiversidad; conservación y comercio; gestión forestal sostenible y comercio; etc.
El T-MEC favorece el cumplimiento al sujetar el capítulo 24 al mecanismo de solución de diferencias, lo que implica la posibilidad de imponer sanciones económicas en caso de incumplimiento. También incluye instrumentos adicionales que fortalecen los compromisos, como lo es el Acuerdo de Cooperación Ambiental (ECA).
Finalmente, se fomenta la participación pública por medio de dos sistemas de participación: 1) El proceso de peticiones “SEM”, por el cual los residentes de una parte pueden responsabilizar a un gobierno por incumplimiento ambiental y 2) un sistema para que las personas sometan preguntas que deben ser contestadas por los gobiernos. La Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte supervisa el cumplimiento y ha admitido quejas contra México sobre temas como el Tren Maya y la protección de la tortuga caguama.
Es así que el cumplimiento del Capítulo 24 no solo es un requisito legal, sino también una estrategia esencial para el éxito sostenible en América del Norte, de manera que las empresas pueden emplearlo para mejorar sus prácticas y promover la sostenibilidad.