La Suprema Corte confirma la obligación de entregar a la Secretaría de Economía los minerales no especificados en los títulos de concesión

Contexto

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la obligación de los concesionarios mineros de entregar a la Secretaría de Economía los minerales que no estén expresamente mencionados en sus títulos de concesión no vulnera la libertad de trabajo.

Criterio relevante

  • La Primera Sala precisó que la medida corresponde al nuevo régimen de concesiones, en el que los minerales deben estar identificados expresamente en el título.
  • Para concesiones anteriores (régimen por lote minero), se reiteró que la explotación puede comprender todos los minerales dentro del lote, salvo los reservados al Estado o expresamente prohibidos.
  • Al tratarse de una tesis aislada, no constituye jurisprudencia obligatoria; sin embargo, ofrece un precedente que podría orientar decisiones judiciales y administrativas futuras.

Posibles implicaciones para las empresas

  • Este criterio sugiere un mayor énfasis de las autoridades y tribunales en la interpretación estricta de los títulos de concesión otorgados bajo el nuevo régimen.
  • Para concesiones nuevas, es previsible que aumente la revisión sobre qué minerales están expresamente autorizados.
  • En concesiones anteriores, se mantiene la interpretación más amplia, aunque no se descarta que esta línea de razonamiento pueda influir en litigios.

Recomendaciones

  • Analizar el régimen bajo el cual fueron otorgados los títulos de concesión de la empresa.
  • Verificar si los títulos especifican de manera expresa los minerales a explotar.
  • Considerar este criterio en la planeación de proyectos y en la gestión de riesgos legales, en particular al diseñar contratos de comercialización o planeación operativa.

En Vega Guerrero & Asociados contamos con un equipo altamente especializado en materia regulatoria. En caso de cualquier consulta sobre el alcance de títulos de concesión vigentes o áreas de oportunidad en el cumplimiento del marco legal aplicable al sector minero, contáctanos.

* Esta tesis se publicó el viernes 8 de agosto de 2025 a las 10:16 horas en el Semanario Judicial de la Federación. Registro digital: 2030844. Undécima Época. Tesis: 1a. XXXIV/2025 (11a.) Tipo: Aislada.

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