Nuevas disposiciones sobre la Manifestación de Impacto Social en proyectos del sector energético

El 16 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones Administrativas de Carácter General sobre la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético” (las DACGS), mediante el cual se establece el marco regulatorio aplicable a la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético (MISSE)

Las nuevas disposiciones tienen como objetivo asegurar que los proyectos del sector energético cuenten con una evaluación integral de impacto social previa a su desarrollo, que considere la sostenibilidad de los proyectos, el bienestar de las comunidades involucradas y el respeto a los derechos humanos. 

A continuación, se destacan los principales aspectos de esta regulación.

Proyectos sujetos a la presentación de la MISSE

Las DACGS establecen la obligación de presentar una Manifestación de Impacto Social del Sector Energético (MISSE) para el desarrollo de proyectos en diversos segmentos del sector energético, entre ellos: 

  • Sector hidrocarburos: exploración y extracción de hidrocarburos, refinación y procesamiento de petróleo, almacenamiento, transporte, distribución y despacho para autoconsumo de hidrocarburos o petrolíferos, así como actividades relacionadas con gas natural.
  • Sector eléctrico: generación de energía eléctrica, servicio público de transmisión y almacenamiento de energía eléctrica.
  • Otros sectores energéticos: producción, transporte y almacenamiento1 de biocombustibles y exploración de recursos geotérmicos que requiera infraestructura o perforación de pozos. 

Contenido de la Manifestación de Impacto Social

La MISSE deberá integrar información sobre el proyecto y su entorno social, incluyendo: 

  • Información general del proyecto, características técnicas, etapas de desarrollo y ubicación.
  • Delimitación del Área de Influencia, incluyendo área núcleo, área de influencia directa y área de influencia indirecta.
  • Identificación de actores de interés dentro del área de influencia, incluyendo pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas.
  • Identificación y valoración de impactos sociales positivos y negativos derivados del proyecto.
  • Un Plan de Gestión Social que contemple medidas de prevención, mitigación, remediación o compensación de impactos negativos, así como acciones para potenciar impactos positivos. 

Adicionalmente, el promovente deberá presentar reportes anuales de cumplimiento respecto de las medidas previstas en el Plan de Gestión Social. 

Beneficios sociales compartidos

Las nuevas disposiciones amplían la obligación de establecer beneficios sociales compartidos, la cual ahora aplica a todos los sectores del sector energético.

Asimismo, se establece que el monto anual destinado a dichos beneficios deberá ser igual o superior al asignado a las medidas de atención de impactos sociales, además de prever mecanismos de seguimiento sobre su implementación. 

Procedimiento de evaluación

La MISSE deberá presentarse a través de la Ventanilla Energía, plataforma electrónica habilitada por la Secretaría de Energía para la recepción y seguimiento de este trámite. 

La autoridad podrá:

  • Autorizar el proyecto;
  • Autorizarlo de manera condicionada, por ejemplo, cuando se requieran medidas adicionales de mitigación o procesos de consulta previa; o
  • Negar la autorización, cuando existan impactos sociales significativos negativos, falta de consentimiento en procedimientos de consulta previa o falsedad en la información presentada. 

La Secretaría de Energía contará con un plazo de 90 días naturales para proyectos del sector eléctrico y 90 días hábiles para proyectos de hidrocarburos, geotermia y biocombustibles para emitir la resolución correspondiente. 

Entrada en vigor

Las DACGS entraron en vigor el 17 de febrero de 2026, un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Asimismo, se abrogan las Disposiciones Administrativas de Carácter General sobre la Evaluación de Impacto Social publicadas en 2018, mientras que los procedimientos que se encuentren en trámite continuarán resolviéndose conforme a la normativa vigente al momento de su presentación. 

Implicaciones para el sector energético

Las nuevas disposiciones refuerzan el enfoque social en el desarrollo de proyectos energéticos en México, al establecer requisitos más detallados para la evaluación de impactos sociales y ampliar la obligación de generar beneficios compartidos con las comunidades dentro del área de influencia de los proyectos.

En este contexto, resulta recomendable que los desarrolladores de proyectos energéticos evalúen con anticipación los posibles impactos sociales de sus proyectos y fortalezcan sus estrategias de gestión social y relacionamiento comunitario, a fin de cumplir con el nuevo marco regulatorio.

En Vega, Guerrero y Asociados contamos con experiencia en asesoría regulatoria en materia energética, ambiental y de impacto social, incluyendo el análisis de obligaciones regulatorias aplicables a proyectos del sector energético, la elaboración y revisión de Manifestaciones de Impacto Social, así como el acompañamiento en procedimientos ante autoridades competentes. Nuestro equipo se encuentra a su disposición para analizar el impacto de estas nuevas disposiciones en sus proyectos y apoyar en su adecuada implementación.

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