CFDI de nómina no requieren firma del trabajador: nuevo criterio obligatorio respalda su valor probatorio

Una reciente jurisprudencia por contradicción publicada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación representa una confirmación clave en los litigios laborales relacionados con el pago de salarios: los CFDI de nómina tienen valor probatorio pleno, aunque no cuenten con la firma del trabajador ni conste su entrega física. Esta resolución brinda certeza a los empleadores que cumplen adecuadamente con sus obligaciones fiscales y digitales.

¿Qué resolvió la Corte?

El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur resolvió que los CFDI de nómina son suficientes para acreditar el monto y pago del salario aún sin la firma del trabajador. Esto rompe con criterios anteriores que exigían la firma autógrafa como condición indispensable para su valor probatorio.

La Corte aclaró que:

  • El artículo 101 de la LFT distingue entre recibos impresos (que sí deben firmarse) y CFDI (que se validan vía SAT).
  • El valor probatorio de los CFDI depende de que el Tribunal verifique su autenticidad mediante fedatario, conforme al artículo 836-D de la LFT.
  • Una vez validados, los CFDI cumplen la función probatoria, salvo prueba en contrario.

¿Qué implica para los empleadores?

Este criterio es vinculante a y otorga certeza jurídica a los patrones que expiden y timbran correctamente los CFDI de nómina. Las implicaciones prácticas son relevantes:

  • No es necesario recabar la firma del trabajador en cada recibo de nómina si se emite CFDI.
  • Se reduce el riesgo de que una demanda laboral prospere por falta de firma en recibos.
  • Se fortalecen las políticas de digitalización y automatización del área de nómina.
  • Es fundamental mantener orden y trazabilidad de los archivos XML y ligas de consulta SAT para fines probatorios.

Recomendaciones:

  • Verificar que todos los CFDI de nómina estén correctamente timbrados y almacenados.
  • Incorporar en las políticas internas los procedimientos de respaldo y acceso a CFDI por parte del trabajador.

En Vega, Guerrero & Asociados te apoyamos a revisar tus procesos de emisión, resguardo y ofrecimiento probatorio de CFDI de nómina, garantizando que tu empresa aproveche los beneficios de este criterio sin exponerse a riesgos innecesarios en juicio.

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