Este día quedará marcado en la historia de la justicia laboral en México, debido a que se ha comenzado la primera etapa de la implementación de la reforma en materia de justicia laboral que se ha venido construyendo en los años anteriores.
En 2017 se reformaron los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los cuales, se plantearon principalmente dos objetivos:
- La desaparición de las Juntas de Conciliación Arbitraje, para dar paso a la creación de los Tribunales Laborales; y
- El establecimiento de una negociación colectiva efectiva en los centros de trabajo de nuestro país.
En ese sentido, en el año 2019, se reformó la Ley Federal del Trabajo y se estableció la regulación específica para la creación de los nuevos procedimientos laborales, los cuales, se dividirán de manera general en dos etapas:
- Etapa Conciliatoria.- Esta etapa se desahogará en los Centros de Conciliación dependientes del Poder Ejecutivo, tanto estatales como federal; y
- Etapa Judicial.- Esta etapa se desahogará en los Tribunales Laborales, de igual manera, tanto locales como federales. Cabe mencionar que para poder llegar a esta etapa, es forzoso, salvo contadas excepciones, que previamente se haya agotado la etapa conciliatoria.
Etapas de la Implementación
A efectos de poder llevar a cabo una implementación adecuada, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social estableció tres etapas anuales para llevar a cabo la misma, por lo que el día de hoy, se arrancó con la primera de éstas, donde ocho estados, siendo estos, San Luis Potosí, Zacatecas, Campeche, Chiapas, Durango, Estado de México, Tabasco e Hidalgo, iniciaron sus nuevos procedimientos laborales.
En esos términos, a partir de hoy, las Juntas de Conciliación y Arbitraje de estas ocho entidades dejarán de conocer de asuntos nuevos relacionados con procedimientos laborales tales como despidos injustificados. Estas Juntas seguirán resolviendo únicamente aquellos asuntos que hayan sido iniciados hasta antes del día de hoy.
Nuevo procedimiento laboral
- Se iniciará todo procedimiento con una solicitud presentada por el empleado ante el Centro de Conciliación Laboral. El Centro tendrá un periodo de máximo 15 días para llevar a cabo una primera audiencia, notificando para ello al empleador con al menos una anticipación de 5 días previos a la fecha de audiencia. La totalidad de este procedimiento conciliatorio, no podrá exceder de 45 días naturales. Además, en caso de que el empleador no asista a dichas conciliaciones, podrá ser sancionado con hasta 100 Unidades de Medida de Actualización.
- Si es el caso que no se pueda llegar a un acuerdo conciliatorio, se expedirá una constancia de ello al empleado y éste podrá presentar su demanda ante el Tribunal Laboral competente acompañando las pruebas correspondientes. Al presentarse dicha demanda, el Tribunal la notificará al empleador y éste contará con un periodo de 15 días hábiles para dar contestación a la misma por escrito, así como ofrecer y objetar pruebas.
- Posteriormente, se desahogará una Audiencia Preliminar dentro del Tribunal Laboral, en la cual: i) se depurará el procedimiento; ii) se admitirán o desecharán pruebas; y iii) se citará para audiencia de juicio.
- En la Audiencia de Juicio, se desahogarán las pruebas, se recibirán los alegatos de las partes y se dictará sentencia, la cual, en casos excepcionales, podrá dictarse dentro de los 5 días siguientes.
Como se puede apreciar, en el texto se trata de un procedimiento muy ágil, un procedimiento que constará de dos etapas, la conciliatoria y la judicial. En el caso de la judicial, se dividirá en dos audiencias, la Preliminar y la de Juicio.
Apuesta a la conciliación
Es importante resaltar que la apuesta principal de esta reforma en materia de justicia laboral, es la conciliación, es decir, para que la reforma funcione conforme a lo previsto, la mayor parte de los asuntos deberán resolverse en la etapa conciliatoria sin necesidad de que el asunto llegue a la etapa judicial.
Por el contrario, si la conciliación no funciona, de nueva cuenta tendremos tribunales saturados en su carga de trabajo, con asuntos sin resolverse y sin contar con una justicia pronta y expedita para las partes.
Retos y riesgos
El principal reto al que nos enfrentaremos durante los próximos meses con relación a la debida implementación de la reforma, sin duda será el presupuestal, el país y las entidades federativas hoy en día están teniendo complicaciones con el gasto público, y si no se aplican de manera adecuada los recursos para la implementación de la reforma, volveremos a tener los cuellos de botella que se han venido presentando durante toda la historia de la justicia laboral en México.
Además, otro reto importante será el de la capacitación. Capacitación adecuada para los funcionarios operadores del nuevo sistema de justicia laboral. Capacitación por parte de los litigantes. Capacitación por parte de trabajadores y sindicatos. Y desde luego, capacitación de los empresarios y sus cámaras.
Veremos pues en los siguientes días el arranque de una nueva forma de administrar justicia laboral en México, y para que funcione, todos los engranes deberán trabajar de manera coordinada.