Propuesta de Reforma Laboral: Permiso para Trabajadores con Familiares Desaparecidos

Por Paulina Regil

El 13 de marzo del presente año, el Diputado Gustavo Macías Zambrano y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, tomaron la iniciativa de presentar ante el Pleno de la Cámara de Diputados una propuesta de reforma al artículo 132 fracción XXIX de la Ley Federal del Trabajo, la cual ha generado un considerable interés y discusión en el ámbito legislativo.

Para comprender mejor estos cambios propuestos, es esencial contrastar el texto vigente del con el texto que se propone:

TEXTO VIGENTE
Artículo 132. Son obligaciones de los patrones:I. a la XXVIII. …XXIX.- Otorgar permiso sin goce de sueldo a las y los trabajadores declarados desaparecidos que cuenten con Declaración Especial de Ausencia, en los términos de lo establecido en la legislación especial en la materia.XXIX Bis. a la XXXIII. …
TEXTO QUE SE PROPONE
Artículo 132. …I. a XXVIII. …XXIX. Otorgar permiso sin goce de sueldo a los trabajadores declarados desaparecidos que cuenten con Declaración Especial de Ausencia, en los términos de lo establecido en la legislación especial en la materia; así como a aquellos trabajadores que acrediten que tienen desaparecido a su cónyuge, concubino, o a sus parientes consanguíneos en línea recta sin limitación de grados, a los colaterales dentro del cuarto grado, o a los afines dentro del segundo;XXIX Bis. a XXXIII. …

Esta propuesta busca garantizar a los trabajadores un derecho al acceso a permisos sin goce de sueldo en situaciones de desaparición de sus familiares directos, siempre y cuando puedan acreditar debidamente esta situación. Este permiso abarcaría a cónyuges, concubinos y parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, así como a afines hasta el segundo grado, reconociendo plenamente la complejidad y el impacto emocional que implica la ausencia de un ser querido. Sin embargo, este derecho está condicionado a que los trabajadores obtengan y presenten en su fuente de trabajo una Declaración Especial de Ausencia, de acuerdo con lo establecido en la legislación especial aplicable.

Además, es importante destacar que los permisos sin goce de sueldo, según lo contemplado en la propuesta de reforma conllevan efectos específicos en términos laborales. Por un lado, estas ausencias no se registrarán como faltas injustificadas, lo que protege los derechos laborales de los trabajadores al no suspender la relación laboral. Sin embargo, es fundamental tener en cuenta que, aunque estas faltas no se consideren injustificadas, tampoco computarán para el pago de aguinaldo, vacaciones y primas competentes.

Es importante destacar que esta propuesta aún debe pasar por diversos procesos legislativos antes de convertirse en ley. La iniciativa fue remitida a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, donde será analizada y discutida en detalle. Si es aprobada, pasará al pleno de la Cámara de Diputados para su votación final. En caso de ser ratificada, será enviada al Senado y posteriormente al Ejecutivo para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.

En vista de estos cambios propuestos en la normativa laboral, es esencial que las empresas y los trabajadores estén al tanto de sus implicaciones y obligaciones legales. Ante cualquier duda o consulta en materia laboral, el equipo de Vega, Guerrero & Asociados se encuentra a disposición para brindar el apoyo y la asesoría necesaria.

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