Publicación del Decreto que Modifica el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo – Nuevo Día de Descanso Obligatorio es Oficial

El día de hoy, 30 de septiembre, se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que modifica el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), estableciendo oficialmente el 1 de octubre como día de descanso obligatorio cada seis años, en coincidencia con la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.

Puntos Clave:

  1. Día de Descanso Obligatorio Confirmado: El decreto publicado en el DOF establece que, a partir de mañana, 1 de octubre, este día será oficialmente inhábil cada seis años, reemplazando al 1 de diciembre.
  2. Entrada en Vigor Inmediata: Según el artículo transitorio del decreto, este entrará en vigor el 1 de octubre de 2024, lo que significa que las empresas deberán ajustarse de inmediato a esta nueva disposición.
  3. Obligaciones Patronales: Los empleados que presten servicios en este día tendrán derecho a recibir su salario diario más el doble por el día trabajado, conforme al Artículo 75 de la LFT.

Acciones a Tomar:

Las empresas deben ajustar sus políticas laborales de inmediato para cumplir con la nueva legislación. Asimismo, es importante que revisen los contratos individuales de trabajo, ya que en la práctica algunos de estos contratos enumeran los días inhábiles de manera específica. En dichos casos, será recomendable realizar las modificaciones o actualizaciones necesarias para reflejar esta nueva disposición.

Para más detalles, pueden consultar la publicación oficial del Diario Oficial de la Federación a través del siguiente enlace: Publicación DOF.

Si tienes dudas o necesitas asesoría para implementar estos cambios en tu organización, no dudes en ponerte en contacto con Vega, Guerrero & Asociados.

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