El Impuesto a Ecológico por la Emisión de Gases a la Atmosfera, es una contribución estatal que deben pagar las empresas o personas físicas que emitan a la atmósfera sustancias que provoquen deterioro ambiental, gases como, bióxido de carbono, metano, óxido nitroso, carbono negro, clorofluorocarbonos, hidroclorofluorocarbonos, hidrofluorocarbonos y perfluorocarbonos.
En este sentido, las empresas o persona fiscas que emitan este tipo gases deberán realizar declaraciones mensuales, a más tardar el 17 del mes siguiente a aquél en que se causó el impuesto, así como presentar una declaración anual.
Ahora bien, en la Firma hemos advertido que este impuesto es inconstitucional, al gravar de manera indirecta los combustibles utilizados en los procesos de producción, por lo cual los contribuyentes pueden recuperar la cantidad pagada por el impuesto mediante un juicio de amparo.
Este medio defensa jurisdiccional se tramita ante los Juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación, mediante el cual se presenta una demanda que exponga los diversos vicios que contiene la ley.
De esta manera, el plazo para presentar la demanda es de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente hábil en que se realizó la primera declaración del impuesto.
Así, una vez que el Juzgado admita la demanda, llevará a cabo una audiencia para desahogar las pruebas aportadas por los contribuyentes y dictará sentencia.
¿En caso de ganar el juicio me seria devuelto el impuesto pagado?
Ahora bien, en nuestra Firma a lo largo de los últimos años hemos detectado diversos vicios constitucionales en este tipo de impuesto ecológicos, por lo que consideramos viable tramitar este tipo de medios defensa para recuperar el impuesto pagado.
Aunado a lo anterior, el equipo en materia fiscal de Vega, Guerrero & Asociados está listo para asesorar a las Compañías que requieran información respecto a este tema u otros actos de molestia por parte de las autoridades.