El Impuesto a la Propiedad Raíz o mejor conocido como el “impuesto predial”, es una contribución municipal que deben pagar los propietarios o poseedores de bienes inmuebles en los once Municipios de Aguascalientes.
En este sentido, en diversos municipios del Estado de Aguascalientes este impuesto debe ser pagado ante las Secretarías de Finanzas municipales dentro del periodo comprendido del 1° de enero del 2023 al 31 de marzo del 2023.
Ahora bien, en la Firma hemos advertido que la determinación del impuesto por parte de las autoridades municipales resulta ilegal, por lo cual los contribuyentes pueden recuperar la cantidad pagada por el impuesto predial mediante un juicio de nulidad.
Este medio defensa jurisdiccional se tramita ante la Sala Administrativa del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, mediante el cual se presenta una demanda que exponga los diversos vicios que contiene la determinación del impuesto.
De esta manera, el plazo para presentar la demanda es de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente hábil en que se realizó el pago del impuesto predial.
Así, una vez que la Sala Administrativa admita la demanda, llevará a cabo una audiencia para desahogar las pruebas aportadas por los contribuyentes y citará para sentencia para que los magistrados integrantes de este órgano colegiado celebrarán una sesión para resolver el juicio de nulidad.
Ahora bien, en nuestra Firma a lo largo de los últimos años hemos detectado diversos vicios sistemáticos que contienen las determinaciones del impuesto predial que elaboran las autoridades municipales, por lo que consideramos viable tramitar este tipo de medios defensa para recuperar el impuesto pagado.
Aunado a lo anterior, el equipo en materia fiscal de Vega, Guerrero & Asociados está listo para asesorar a las Compañías que requieran información respecto a este tema u otros actos de molestia por parte de las autoridades.