Simplificación de Trámites ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral

El 12 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Acuerdo emitido por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) mediante el cual se establecen acciones de simplificación administrativa en diversos trámites de su competencia. El objetivo central de esta reforma administrativa es reducir cargas burocráticas, eliminar requisitos innecesarios y homologar procedimientos.

Entre los cambios más relevantes destaca la eliminación de la obligación de presentar físicamente ciertos documentos en trámites como la ratificación de convenios colectivos, la sustitución patronal y el registro de asociaciones sindicales. Si bien la información esencial deberá capturarse en los formatos oficiales correspondientes, ya no será necesario exhibir determinados documentos físicos que anteriormente eran exigidos, lo que implica una transición más clara hacia esquemas predominantemente digitales.

Asimismo, el CFCRL fusiona trámites con la finalidad de simplificar y estandarizar procesos. En particular, se crea el trámite denominado “Ratificación de Instrumentos ante el CFCRL”, que integra la ratificación de convenios colectivos y la sustitución patronal en una sola gestión, y se unifica el “Registro de Asociación (Sindicato, Sección, Federación y Confederación)”, concentrando procedimientos que antes se promovían de manera separada. Esta homologación permite mayor claridad en los requisitos y criterios de revisión.

El Acuerdo también establece listas únicas y más precisas de requisitos, privilegiando el uso de formularios en línea y reduciendo el número de documentos solicitados. Se incorporan reglas específicas según el tipo de organización sindical y se dispone que determinados listados deberán presentarse en formato Excel. Además, se precisan los documentos idóneos para acreditar la calidad de trabajador, con lo cual se busca disminuir criterios discrecionales y requerimientos posteriores.

En cuanto a tiempos de respuesta, se fijan plazos máximos para resolver diversos trámites. La ratificación de instrumentos contará con un plazo de hasta 14 días hábiles; la sustitución patronal, hasta 24 días hábiles; y el registro de asociaciones, hasta 15 días hábiles. Esta definición expresa de plazos aporta mayor previsibilidad en la planeación de procesos corporativos y laborales.

Adicionalmente, se elimina el trámite de Constancia de legitimación, al haber dejado de ser exigible conforme al marco normativo vigente.

El Acuerdo entró en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Los trámites ingresados con anterioridad continuarán sustanciándose conforme a las disposiciones vigentes al momento de su presentación, en tanto que el CFCRL deberá actualizar sus sistemas y fichas técnicas para reflejar los nuevos lineamientos.

Consideramos que estas modificaciones representan un avance relevante en la simplificación y digitalización de los trámites laborales federales. Resulta recomendable que las empresas revisen sus protocolos internos, formatos y listas de verificación para asegurar que sus procesos se ajusten al nuevo esquema y evitar retrasos derivados del uso de requisitos que han sido eliminados o modificados.

En Vega, Guerrero & Asociados estamos asesorando a empresas y clusters industriales respecto de los efectos inmediatos de este Acuerdo y su incorporación en la planeación laboral 2026–2030. Quedamos a su disposición para realizar una revisión puntual de sus procesos o acompañarlos en cualquier trámite ante el CFCRL bajo este nuevo marco.

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