¿Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) o Tribunal del Fútbol de FIFA?: el sistema de FIFA para la solución de controversias de fútbol

Por Guillermo Daffir Madrigal Monroy

La Federación Internacional de Futbol Asociación, mejor conocida por sus siglas como FIFA es el organismo encargado, no solo de organizar las competencias de fútbol, sino también de elaborar las disposiciones y reglamentos que rigen este deporte.

Al ser una asociación, la  FIFA exige a sus miembros (federaciones y confederaciones) que la integran, ciertos requisitos para poder ser parte de ella, como : 

  • Afiliarse a la confederación correspondiente
  • Observar los estatutos, reglamentos y decisiones de la FIFA y la confederación correspondiente
  • Observar las reglas del juego en vigor; y 
  • Reconocer, conforme a los estatutos, la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje Deportivo (Tribunal Arbitral Du Sport, TAS)

No obstante lo anterior, la nueva versión de los estatutos de la FIFA, prevén la existencia de un Tribunal del Fútbol que consta de tres órganos: la Cámara de Resolución de Disputas, la Cámara de Agentes y la Cámara del Estatuto del Jugador. El Tribunal de Fútbol resolverá las disputas relacionadas con el fútbol a través de cada una de sus cámaras y en relación con solicitudes regulatorias.

Por lo que surge la duda sobre qué tribunal sería competente para conocer las disputas derivadas en este deporte. Sobre este punto, de acuerdo con el artículo 54 son sujetos de la competencia del Tribunal del Fútbol las federaciones miembros, clubes, oficiales, jugadores, agentes de fútbol y agentes organizadores de partidos. 

Por otro lado, el artículo 56 de los estatutos mencionan que el TAS tendrá competencia sobre FIFA, las federaciones miembros, las confederaciones, ligas, clubes, jugadores, oficiales, agentes de fútbol y agentes organizadores de partidos. Si bien, las diferencias son sutiles, también se pueden diferenciar la competencia de cada tribunal, según la naturaleza de cada uno. 

El Tribunal del Fútbol es un órgano sancionador de FIFA respecto de los sujetos que se mencionan, de acuerdo con los artículos 24 (6) y 54 (3). Las sanciones previstas que puede dictar tanto a personas físicas y jurídicas, se encuentran previstas dentro del artículo 55 de los estatutos de FIFA. Su jurisdicción se encuentra delimitada por las cuestiones que cada una de las cámaras que lo componen especifican. 

En el caso del TAS, de acuerdo con los estatutos de este tribunal, se compone de una Cámara de arbitraje ordinario, Cámara antidopaje y una Cámara de arbitraje de apelación y es la institución arbitral encargada de administrar diferentes procedimientos deportivos entre ellos como quedó apuntado los derivados de disputas del fútbol. 

Además, el TAS no se ocupará de los recursos relacionados con a) violaciones de las Reglas de Juego, b) Suspensiones de hasta cuatro partidos o de hasta tres meses (con la excepción de decisiones sobre dopaje) y c) fallos contra los que quepa interponer un recurso de apelación ante un tribunal de arbitraje independiente y debidamente constituido y reconocido por la normativa de una federación o confederación, rigiéndose estos procedimientos por las reglas arbitraje del TAS con sede en Lausane, Suiza.  

Asimismo, los estatutos de FIFA prevén que las apelaciones contra los fallos adoptados por la FIFA, sus órganos judiciales, así como contra las decisiones adoptadas por sus miembros (confederaciones, federaciones o ligas) deberán interponerse igualmente ante el TAS. Es decir, funge también como una segunda instancia ante las decisiones de los órganos de FIFA.

De esta manera, FIFA delimita las cuestiones en las que sí tendrá competencia el Tribunal del Fútbol y en cuáles será el TAS quien tenga la jurisdicción sobre la disputa.  Por último, también vale la pena hacer la acotación que en alguna disputas previstas en el artículo 22 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores, da a las partes libertad para elegir una institución arbitral a nivel nacional diferente

En Vega, Guerrero & Asociados, el equipo de resolución de controversias nos encontramos disponibles para brindar asesoría y ofrecer nuestros servicios en procedimientos involucrados en la materia. En caso de cualquier duda que pudiera surgir respecto del artículo nos encontramos abiertos a brindar asesoría. 

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