Por: Marco Tena
En el ámbito de las telecomunicaciones en México, la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) desempeñan roles cruciales en la promoción y protección de la competencia.
Un reciente extracto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo de 2024 destaca un nuevo procedimiento de investigación iniciado de oficio por la Autoridad Investigadora del IFT, radicado bajo el número de expediente electrónico AI/DC-001-2024. Este procedimiento busca determinar la posible existencia de barreras a la competencia y libre concurrencia o insumos esenciales que puedan generar efectos anticompetitivos en el mercado de provisión y distribución de servicios de telecomunicaciones móviles y servicios relacionados en todo el territorio nacional.
El inicio de esta investigación es significativo ya que el IFT tiene la tarea de identificar y analizar las barreras existentes en el mercado. Estas barreras pueden incluir prácticas monopólicas, restricciones de acceso a infraestructura crítica o condiciones desiguales en los contratos de suministro.
Una vez identificadas, se evalúa el impacto de estas barreras sobre la competencia y el bienestar de los consumidores, examinando si limitan la entrada de nuevos competidores o restringen la capacidad de los actuales para competir eficazmente.
La investigación del IFT es exhaustiva y puede incluir la solicitud de información a las empresas involucradas, entrevistas con actores del mercado y análisis detallados de datos. Este proceso puede extenderse durante varios meses, dependiendo de la complejidad del caso y la cantidad de información requerida.
En el extracto del acuerdo, se especifica que el periodo de investigación no podrá ser inferior a treinta días ni exceder de ciento veinte días hábiles, comenzando a contar a partir de la publicación del extracto. Este periodo puede ser ampliado en dos ocasiones si existen causas justificadas.
El extracto del acuerdo también menciona que el procedimiento de investigación no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre las condiciones de competencia efectiva en los mercados investigados. Solo en caso de existir elementos suficientes para sustentar la existencia de barreras a la competencia, se procederá conforme a los artículos correspondientes de la LFCE y las disposiciones regulatorias aplicables.
Las sanciones por prácticas anticompetitivas pueden variar. El IFT tiene la autoridad para imponer multas económicas significativas y ordenar la modificación de conductas empresariales. En casos extremos, puede incluso ordenar la desincorporación de activos para restaurar la competencia en el mercado. Además de las sanciones, el IFT puede imponer medidas correctivas con el objetivo de restablecer un entorno competitivo. Estas medidas pueden incluir la eliminación de cláusulas contractuales restrictivas, la obligación de compartir infraestructura esencial o la creación de condiciones de acceso equitativas para todos los competidores. El cumplimiento de estas medidas es monitoreado de cerca por el IFT, que puede tomar acciones adicionales si las partes involucradas no acatan las órdenes emitidas. El impacto de estas acciones en el mercado puede ser profundo.
La eliminación de barreras al acceso de insumos no solo facilita la entrada de nuevos competidores, sino que también mejora las condiciones de competencia, resultando en mejores precios, calidad y opciones para los consumidores. Un mercado más competitivo también puede estimular la innovación y la eficiencia entre los proveedores, beneficiando a los usuarios finales.
En conclusión, la intervención del IFT mediante esta nueva investigación puede tener un impacto significativo en la estructura y funcionamiento del mercado de telecomunicaciones móviles en México, promoviendo un entorno más competitivo y justo en beneficio de todos los actores del mercado y los consumidores.