Resoluciones de la Suprema Corte Respecto a la Deuda Pública

Recientemente, La Suprema Corte de la Justicia de México, emitió una serie de resoluciones en las cuales se revisó la constitucionalidad de los principios de deuda pública para los estados y municipios. Estas resoluciones son pertinentes ya que se refieren a la conformación de deudas o contratos actuales, así como los proyectos que usan como fuente de ingreso el alumbrado público.

Específicamente, cabe destacar que se establece que los municipios no pueden cobrar derechos de alumbrado público basado en el consumo de energía, tipo de usuario o datos de las facturas emitidas por la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Esto presenta un problema ya que por lo general, estos ingresos sirven como garantía o fuente de pago.

En este sentido, los requisitos de forma establecidos en la ley y constitución representan requisitos de procedencia en términos constitucionales, para contraer deuda, refinanciarla o restructurarla, incluyendo quórums en las resoluciones de los congresos estatales y/o municipales, o las fechas establecidas por la ley.

Estos cambios se dan gracias a las auditorías de “transición” que surgen debido al cambio de administración reciente y afectan a los estados y municipios involucrados. Por esta razón, se recomienda ratificar que los documentos y contratos de las deudas, financiamientos y estructuras cumplen con los requisitos constitucionales y legales para ser exigibles, y de esta manera, preservar las fuentes de ingreso para el beneficio de las entidades y los derechos de los acreedores.

Derivado de lo anterior, el equipo de Vega, Guerrero & Asociados está listo para asesorar a cualquier entidad que requiera información respecto de este tema para corroborar que sus operaciones estén acorde a estos nuevos requisitos.

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