Proceso de Constitución de una Sociedad Mercantil

¿Estas interesado en constituir una empresa en México? estos son los pasos que debes seguir para la Constitución de una Sociedad en México.

Solicitud de uso de denominación o razón social.

Inicialmente, es necesario obtener resolución favorable por parte de la Secretaría de Economía que permita el uso de la denominación o razón social deseada. Esta solicitud no requiere de pago alguno y puede ser fácilmente realizada a través del portal electrónico de la Secretaría de Economía, el cual permite solicitar aprobación para tres denominaciones o razones sociales, en caso de que alguna no se encuentre disponible para su uso.

Otorgamiento de poderes.

Para llevar a cabo los pasos necesarios para la constitución de la sociedad, usualmente aconsejamos a los futuros socios o accionistas el otorgar a miembros de nuestra firma poderes limitados para ciertas gestiones, especialmente para su representación ante Notario Público para la firma del Acta Constitutiva.

Para lo anterior, cartas poder son realizadas y enviadas vía correo electrónico a los futuros socios o accionistas, las cuales, una vez recibidas, son firmadas junto con dos testigos, impresas y apostilladas, si resulta procedente, o legalizadas.

Posteriormente, las cartas poder son enviadas, por paquetería, a nuestras oficinas.

Estatutos.

Respecto a los Estatutos Sociales de la sociedad, realizamos y enviamos al cliente un proyecto conforme a sus necesidades y requerimientos. Una vez aprobado por el cliente, enviamos el proyecto al Notario Público.

Constitución.

Una vez que el Notario Público apruebe el proyecto de Estatutos Sociales, los miembros de nuestra firma a los que les fueron otorgados poderes por los accionistas o socios extranjeros, se presentan ante la Notaría Pública para firma del Acta Constitutiva.

Para la constitución, será necesario que la sociedad proporcione una dirección fiscal.

Firmada el Acta Constitutiva, es enviada a Registro Público de Comercio para su inscripción, la cual, generalmente, tarda alrededor de 10 días hábiles.

No obstante lo anterior, desde la solicitud de inscripción, el Notario emite una carta especificando que la sociedad se encuentra en dicho proceso, de esta manera permitiendo a la sociedad el inicio de sus operaciones.

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RFC.

Constituida la sociedad, es necesario solicitar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) ante el Servicio de Administración Trbutaria (SAT) a través de alguno de sus representantes legales.

El RFC es una clave de registro única que permite identificar a la persona que lleva a cabo una actividad económica y que debe contribuir al gasto público ante el SAT. Además de permitir realizar trámites relacionados con el pago de impuestos y obligaciones fiscales, esta clave es necesaria para acceder a diversos productos financieros, como cuentas bancarias y tarjetas de crédito.

Cuenta Bancaria.

Obtenido el RFC, la sociedad podrá abrir su cuenta bancaria para la administración y ejecución de sus actividades, para la realización de pagos y recibo de dinero.

FIEL.

La “FIEL” (Firma Electrónica Avanzada) es un conjunto de datos adjuntos a un mensaje electrónico. Su propósito es identificar al remitente del mensaje como el autor legítimo del mismo. Por sus características, la FIEL brinda seguridad en las transacciones electrónicas de los contribuyentes. La sociedad deberá obtener esta firma para poder presentar sus declaraciones fiscales.

La FIEL puede ser solicitada y obtenida por uno de los representantes legales de la sociedad, el cual debe de contar con FIEL propia.

Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.

La inversión extranjera que ingresa a México debe ser registrada ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. La sociedad debe solicitar ser registrada en los 40 días hábiles posteriores al inicio de sus operaciones en el país.

En caso de requerir asesoría especializada para la constitución de cualquier empresa en México, no dude en contactar al equipo Corporativo de Vega, Guerrero & Asociados, quienes estarán dispuestos a apoyar.

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